Durante la ya dilatada investigación que venimos llevando a cabo para elaborar el Catálogo razonado de manuales de literatura griega y latina (1784-1935) hemos constatado cómo el discreto mundo de las humanidades clásicas se convierte en perfecta caja de resonancia de los grandes avatares políticos de la época moderna. No es casualidad, a este respecto, que nuestro catálogo comience con un exiliado jesuita (Mateo Aymerich) y termine con otro republicano (Pedro Urbano González de la Calle). Ente ellos, siglo y medio de guerras y revoluciones, cuando no implacables planes de estudio que terminaron cambiando radicalmente el viejo modelo humanista de educación. Asimismo, consideramos de suma importancia que seamos los especialistas en una materia quienes nos acerquemos a la historia de nuestras disciplinas, de forma que no quede en manos de personas “ajenas”, y así podamos llevar a cabo un estudio de la enseñanza del latín y su literatura desde dentro, pudiendo apreciar la evolución interna de sus contenidos (entre otras cosas, los nuevos planteamientos de la gramática histórica, la impronta de la historiografía de la literatura romana que emana de la moderna Prusia, o el desarrollo de la Filología Clásica frente al del mero aprendizaje de las lenguas antiguas). POR FRANCISCO GARCÍA JURADO HLGE
El episodio que vamos a estudiar en un futuro trabajo trata sobre los manuales de Literatura latina destinados a la enseñanza media que se publicaron durante un período muy concreto de la historia de España, precisamente durante la dictadura de Primo de Rivera (1923-1930). Los cuatro libros que constituyen nuestro objeto de estudio se publicaron precisamente entre 1927 y 1928, razón por la que hemos decidido llamarlos los “manuales del 27”. Los cuatro documentos son fruto directo de la legislación educativa de la época, en particular del llamado “Plan Callejo” (1926), que creó, entre otras cosas, un bachillerato específico de humanidades frente a uno de ciencias. Además, en esta época se establece un cuestionario único para todas las materias educativas y un manual único para cada asignatura, que en el caso de la literatura latina llegará a ser el de Eustaquio Echauri. La nueva enseñanza durante el período de la dictadura responde a un afán regeneracionista basada en la reafirmación nacional, la pretensión de librar a España de los “profesionales de la política” (según consta en el propio manifiesto de Primo de Rivera), y el predominio del nacional-catolicismo.
Las reformas educativas acometidas durante la dictadura de Primo de Rivera han sido estudiadas en el libro fundamental de López Martín (1995), que vamos a utilizar como base para nuestro trabajo. En lo que concierne al bachillerato, es pertinente que señalemos algunos aspectos clave:
a) La constitución de un bachillerato específico de letras, dotado de tres cursos de latín, de los que el tercero es, de manera más concreta, una literatura latina. Llama la atención la supresión de la asignatura del griego, por testimonial que esta hubiera podido ser. Al igual que en la Italia mussoliniana, el latín y su literatura respondían mejor a los ideales educativos del momento que el helenismo. Así las cosas, la interpretación que se hace de esta mera presencia de las humanidades clásicas en el bachillerato suele ser negativa:
“Así y todo, dentro de esta ambivalencia señalada, se ha impuesto de forma rotunda el enfoque academicista al dotar a los estudios medios de una carácter de filtro y preparación para los superiores, con especial atención a contenidos como el Latín y las Humanidades clásicas. Los planteamientos liberales, enmarcados en el contexto del movimiento de la Escuela Nueva, serán marginados por nuestra legislación y su concepción de una segunda enseñanza enraizada con el nivel primario, cuyo máximo objetivo es la preparación para la vida y desarrollo profesional del alumno, olvidada en el más puro formalismo.” (López Martín 1995, p. 58)
López Martín establece una mera oposición entre “el latín y las Humanidades clásicas” y la “preparación para la vida y desarrollo personal del alumno”. La primera sería fruto de una enseñanza retrógrada mientras que la segunda responde a planteamientos liberales. Más allá de estos planteamientos meramente polares, cabe cuestionarse en qué medida la enseñanza de las humanidades clásicas tiene, sin más, estas connotaciones negativas (elitismo, enseñanza inútil) y no es parte de una instrumentalización por parte de los diferentes grupos ideológicos que, en términos de Canfora (1991), no deja de ser una “usurpación” del mundo clásico y sus valores. En este tipo de valoraciones se obvia, además, el propio desarrollo que las disciplinas dedicadas al mundo clásico habían experimentado, desde la mera enseñanza del latín a la Filología clásica.
b) El sistema de cuestionario. Junto al manual y al programa de curso aparece ahora y hasta la guerra civil de 1936 un nuevo elemento clave para asegurar cierta uniformidad en los contenidos docentes: el cuestionario. Así pues, desde la ley de 1901 se produce un cambio que favorece el sistema de cuestionario para delimitar el carácter, extensión y fines de cada asignatura (Villalaín Benito 1997, pp. 59-62). Canes Garrido resume perfectamente el problema heredado del siglo XIX y los intentos de solución a los males creados fundamentalmente por los malos manuales:
“En el siglo XX el Gobierno intentó buscar los remedios a tales causas legislando, en 1901, a favor del cuestionario único para exámenes y declarando no obligatoria la adquisición de libros de texto para los alumnos, que podían elegir aquellos que estimasen mejores y que se adaptasen al cuestionario oficial. En la práctica, los alumnos siguieron comprando el texto de cada asignatura, cuyo autor era el catedrático que les tenía que examinar. Para poner fin a una situación, el Gobierno de Primo de Rivera intentó llevar a la práctica algunas de las propuestas que otros Gobiernos no se habían atrevido a aplicar por miedo a la oposición de los sectores más perjudicados como catedráticos, autores de los textos, y editoriales. Con la caída del Gobierno, en enero de 1930, se interrumpió el proceso quedando incompleto su objetivo.” (Canes Garrido 2001)
c) La aprobación del texto único: hacia un manual oficial de literatura latina. Consecuente con el cuestionario, desde el punto de vista legal, todas estas reformas se regularon mediante una serie de reales decretos y reales órdenes[1]. Nos interesa especialmente todo lo relativo a la legislación encaminada la creación de un manual único[2] donde, entre otras asignaturas, se declara desierto el premio en lo que concierne al latín y la literatura latina[3]. En lo que a tales disciplinas se refiere, los miembros de la comisión fueron cinco profesores relevantes, José Alemany Bolufer, Abelardo Moralejo Lasso, Mariano Bassols de Climent, Joaquín Balcells y Pinto y José Pabón y Suárez de Urbina. Este último fue sustituido por Agustín Millares Carlo (Real orden de 5 de junio de 1928). Finalmente, por Real orden, de 26 de agosto de 1928, se resuelve el concurso de libros de texto para Institutos de segunda enseñanza, donde resulta ganador el manual siguiente: “Literatura latina. Lema: Maxima debetur pueros reverentia; autor: D. Eustaquio Echauri Martínez, Catedrático del Instituto Nacional de Segunda enseñanza de Barcelona”. Se le conceden 25.000 ptas. Los dos cursos de lengua latina quedan desiertos en cuanto al concurso (en 1929 terminará ganando también Eustaquio Echauri [Villalaín Benito 1997, pp. 329-330]). Tras este largo proceso, sólo queda la publicación del libro y su declaración como texto oficial para los institutos de segunda enseñanza (Real orden, de 29 de septiembre de 1928). El manual resultante fue, por tanto, el del latinista Eustaquio Echauri:
Echauri Martínez, Eustaquio
Literatura latina
Editorial: Barcelona: Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, 1928 (Joaquín Horta). Descripción: 244 p.: il.; 22 cm.
En otro momento, dedicaremos un blog específico a señalar algunas de las características historiográficas y políticas de este manual. FRANCISCO GARCÍA JURADO
[2] Véase Real decreto de 23 de agosto de 1926, convocando un concurso de libros de texto para los institutos de segunda enseñanza (Villalaín Benito 1997, 287-292) y Real orden, de 20 de diciembre de 1927, adjudicando los premios previstos en los artículos 12 y 13 del Real decreto del 23 de agosto de 1926.
[3] Véase Real orden, de 3 de enero de 1928, anunciando un nuevo concurso de obras que puedan ser declaradas de texto en los Institutos nacionales de segunda enseñanza y Real orden, de 31 de mayo de 1928, nombrando las Comisiones calificadoras de los libros de texto.
Bibliografía citada:
-F. Canes Garrido, “El debate sobre los libros de texto de Secundaria”, Revista Complutense de Educación 12 (2001), pp. 357-395.
-L. Canfora, Ideologías de los estudios clásicos, Madrid 1991.
-R. López Martín, Ideología y educación en la dictadura de Primo de Rivera. II. Institutos y universidades, Valencia 1995.
-Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes, Real Decreto de 22 de enero de 1927, por el que se publican los Cuestionarios para los Institutos Nacionales de Segunda Enseñanza. Boletín Oficial del Ministerio de Instrucción Pública de 23 de febrero de 1927, número extraordinario, pp. 1-38.
J.L. Vidal, “Joaquim Balcells, el llatinista de la Universitat Autònoma”, J. Malé et alii (eds.), Del romanticismo al noucentisme. Els grans mestres de la filologia catalana i la filologia clàssica a la Universitat de Barcelona, Barcelona 2004, pp. 93-106.
-J.L. Villalaín Benito, Manuales escolares en España. Tomo I. Legislación (1812-1939), Madrid, 1997
OpenEdition le sugiere que cite este post de la siguiente manera:
Prof. Dr. Francisco García-Jurado (8 de febrero de 2014). Los manuales de literatura latina del 27: enseñar en una dictadura. Reinventar la Antigüedad. Recuperado 12 de septiembre de 2024 de https://doi.org/10.58079/mv7t